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Ayudas para la implementación de actuaciones de descarbonización en el sector industrial en Navarra 2025-2026

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febrero 25, 2025

El Departamento de Industria y de Transición Ecológica y Digital empresarial ha convocado las Ayudas para la implementación de actuaciones de descarbonización en el sector industria en Navarra 2025-2026 con una dotación de 3.500.000 €.

¿Quieres presentar tu solicitud? Nuestros expertos en ayudas y subvenciones te ayuden a conseguirla.

¿Cuál es el objetivo de estas Ayudas para actuaciones de descarbonización en el sector industrial en Navarra?

Estas ayudas pretenden promover actuaciones de descarbonización en PYMEs y grandes empresas de la industria Navarra, contribuyendo a alcanzar los objetivos del Plan Energético de Navarra Horizonte 2030.

¿Quiénes son beneficiarios?

PYMEs y grandes empresas que realicen actividades en Navarra bajo alguno de los siguientes CNAES:

  • 07. Extracción de minerales metálicos.
  • 08. Otras industrias extractivas.
  • 09. Actividades de apoyo a la industria extractiva.
  • 10. Industria de la alimentación.
  • 11. Fabricación de bebidas.
  • 13. Industria textil.
  • 14. Confección de prendas de vestir.
  • 15. Industria del cuero y del calzado.
  • 16. Industria de la madera y corcho, excepto muebles, cestería y espartería.
  • 17. Industria del papel.
  • 18. Artes gráficas y reproducción de soportes grabados.
  • 19. Coquerías y refino de petróleo.
  • 20. Industria química.
  • 21. Fabricación de productos farmacéuticos.
  • 22. Fabricación de productos de caucho y plásticos.
  • 23. Fabricación de otros productos minerales no metálicos.
  • 24. Metalurgia; Fabricación de hierro, acero y ferroaleaciones.
  • 25. Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
  • 26. Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos.
  • 27. Fabricación de material y equipo eléctrico.
  • 28. Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p.
  • 29. Fabricación de vehículos a motor, remolques y semirremolques.
  • 30. Fabricación de otro material de transporte.
  • 31. Fabricación de muebles.
  • 32. Otras industrias manufactureras.
  • 33. Reparación e instalación de maquinaria y equipo.
  • 35. Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado.
  • 36. Captación, depuración y distribución de agua.
  • 37. Recogida y tratamiento de aguas residuales.
  • 38. Recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización.
  • 39. Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos.

Gastos subvencionables

  • Eficiencia energética, en concreto:
    • Inversión en sustitución o mejora de equipos para reducir el consumo de energía y emisiones de CO2.
    • Implantación o mejora de sistemas de gestión energética que reduzcan el consumo de energía y las emisiones de CO2.
  • Autoconsumo eléctrico: Implantación de instalaciones que generen electricidad fotovoltaica y los trabajos para la conexión de la instalación de generación con la red de distribución.

Líneas subvencionables

En esta convocatoria de ayudas para la industria Navarra hay 3 líneas de subvenciones:

  1. Actuaciones tipo 1: Para proyectos cuyo plazo de ejecución de las actuaciones esté comprendido entre el 1 de enero del 2025 y el 30 de septiembre de 2025.
  2. Actuaciones tipo 2: Actuaciones cuyo plazo de ejecución deberá estar comprendido entre el 1 de enero del 2025 y el 15 de septiembre de 2026 y para las que no se solicita abono parcial de la ayuda en 2025 correspondiente al importe de la inversión facturada y pagada en 2025.
  3. Actuaciones tipo 3: Actuaciones cuyo plazo de ejecución deberá estar comprendido entre el 1 de enero del 2025 y el 15 de septiembre de 2026 y para las que sí se solicita abono parcial de la ayuda en 2025 correspondiente al importe de la inversión facturada y pagada hasta el 30 de septiembre de 2025.

Intensidad y cuantía de las Ayudas para la implementación de actuaciones de descarbonización en el sector de la industria Navarra

  • Para ayudas acogidas a Mínimis: 50% del gasto subvencionable y máximo 300.000 euros.
  • Para ayudas acogidas a régimen del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, un máximo de 300.000 euros con los siguientes límites:
    • Pequeña empresa: 50% del gasto subvencionable
    • Mediana empresa: 40% del gasto subvencionable
    • Gran empresa: 30% del gasto subvencionable

En el caso de actuaciones de autoconsumo eléctrico:

  • Para ayudas acogidas al Régimen de Mínimis: 25% del gasto subvencionable y máximo 200.000 euros.
  • Para ayudas acogidas a régimen del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, un máximo de 200.000 euros con los siguientes límites:
    • Pequeña empresa: 25% del gasto subvencionable
    • Mediana empresa: 20% del gasto subvencionable
    • Gran empresa: 15% del gasto subvencionable

Requisitos

Plazo de solicitud de esta convocatoria

Del 4 de febrero al 3 de abril de 2025.

¿Cómo te ayudamos?

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