La Línea Covid de Ayudas Directas a Autónomos y Empresas en Baleares es a fondo perdido. Se trata de subvenciones directas (en estricto orden de solicitud).
¿Para qué es la Línea Covid de Ayudas Directas a Autónomos y Empresas en Baleares?
La finalidad de esta subvención es la satisfacción de la deuda y pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos no cubiertos, siempre y cuando estos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021.
Beneficiarios
Autónomos y empresas de todos los sectores económicos que operen en las Islas Baleares, hasta agotar presupuesto.
Requisitos
- Tener más de un 30% de perdidas en el 2020 y tener beneficios en el 2019.
- Si pertenece a un grupo tiene que cumplir también criterios anteriores con las cuentas del grupo.
- Mantener la actividad correspondiente a las ayudas hasta el 30 de junio de 2022.
- No repartir dividendos durante 2021 y 2022.
- No aprobar incrementos en las retribuciones de la alta dirección durante un periodo de dos años desde la concesión de la ayuda.
Cuantía de la ayuda Línea Covid de Ayudas Directas a Autónomos y Empresas en Baleares
- Línea 1. Personas autónomas (empresarias o profesionales) que apliquen el régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): máximo de 3.000 euros. El importe máximo de la ayuda es de 3.000,00 €.
- Línea 2. Personas autónomas (empresarias o profesionales), empresas y grupo de empresas cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración el IGIC y, en su caso, en el IVA en 2020 haya caído más de un 30% con respecto a 2019.
- En el caso de empresarios, profesionales, entidades y establecimientos permanentes que tengan un máximo de 10 empleados, el importe de la ayuda máxima a asignar será del 100% de la caída del volumen de operaciones en el 2020 respecto del año 2019.
- En el caso de empresarios, profesionales, entidades y establecimientos permanentes que tengan más 10 empleados, el importe de la ayuda máxima a asignar será del 50% de la caída del volumen de operaciones en el 2020 respecto del año 2019.
Costes subvencionables
- Pagos pendientes a proveedores por compras de mercancías o materias primas.
- Pagos pendientes a acreedores:
- Asesoría fiscal, gestoría, graduado social, abogados u otros profesionales.
- Fontaneros, electricistas, albañiles y otros oficios para trabajos realizados por la empresa.
- Primas de seguros por los meses transcurridos desde su renovación hasta el 31 de mayo de 2021.
- Suministros diversos: gas, electricidad, agua, teléfono, internet.
- Gastos de transporte.
- Gastos bancarios y comisiones.
- Arrendamientos.
- Cotizaciones a la Seguridad Social.
- Tributos locales, autonómicos y estatales (excepto los impuestos personales -IRPF, Impuesto sobre Sociedades o IRNR-). Aquí se pueden incluir, aplazamientos y fraccionamientos pendientes de IVA, Impuestos Especiales, retenciones del trabajo o capital, impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, tasas de juego, que se hayan acordado respecto de deudas generadas (devengadas) entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021.
- Deudas con bancos que deriven de préstamos o créditos destinados a pagar gastos de la actividad siempre que el importe pendiente se haya generado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021. En este caso la ayuda se ‘destinará a reducir el capital pendiente. Si la deuda es anterior a estas fechas y se ha generado por conceptos no deducibles en los impuestos sobre beneficios (por ejemplo, compra de un barco para una empresa que no se dedica a la náutica) no tiene la consideración de gasto subvencionable.
- Salarios.
- Deudas con socios y administradores.
Plazo de presentación de la ayuda Línea Covid de Ayudas Directas a Autónomos y Empresas en Baleares
Del 14 de junio al 28 de julio de 2021, ambos inclusive.
¿Cómo te ayudamos?
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