Convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.
¿Para qué es el Programa “INVERSIONES de empresas extranjeras en actividades de I+D»?
Para actuaciones que permitan fomentar la investigación y desarrollo en las empresas de capital extranjero que pretendan implantarse en España o en aquellas que, estando ya implantadas, pretendan iniciar y desarrollar sus actividades de I+D con la finalidad de contribuir a la mejora de la competitividad y productividad de la economía española.
Las actividades objeto de subvención deberán realizarse en una o varias de las Comunidades Autónomas que, atendiendo a las categorías establecidas en la reglamentación comunitaria, se indican a continuación:
- De la categoría de regiones «menos desarrolladas»: Extremadura
- De la categoría de regiones «en transición»: Murcia, Castilla La-Mancha y Canarias
- De la categoría de regiones «más desarrolladas»: Galicia
¿Quiénes son los beneficiarios de estas ayudas?
- Las empresas de capital extranjero, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerza una actividad económica y que esté válidamente constituida en el momento de la concesión
- Agrupaciones de empresas donde participe al menos una empresa de capital extranjero, pudiendo ser beneficiarias en proporción al porcentaje de participación de capital extranjero
Se entenderá como empresa de capital extranjero aquella que tenga una participación en su capital de Inversión Extranjera Directa mayor o igual del 10%.
Importes
El límite máximo de la subvención por beneficiario es de 200.000 euros.
Gastos financiables
- Gastos de personal
- Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto
- Costes de edificios y terrenos, en la medida en que se utilicen para el proyecto y para la duración del mismo
- Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto
- Costes indirectos
- Otros gastos de funcionamiento, incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto
- Gastos de constitución y/o de puesta en marcha de la empresa que realizará el proyecto de I+D cofinanciado
Plazos
Hasta el 12 de marzo de 2020.
¿Cómo te ayudamos?
Somos tu partner. Te ayudamos a saber si puedes solicitar esta ayuda y, si sí, te acompañamos en el proceso y gestionamos la solicitud por ti.
Información del Programa “INVERSIONES de empresas extranjeras en actividades de I+D».
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