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Análisis del primer año con las nuevas reglas del IVA en Ecommerce en España

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primer año con las nuevas reglas del iva en ecommerce en españa
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agosto 1, 2022

Un año después de la entrada en vigor de las nuevas reglas del IVA en Ecommerce

El pasado 1 de julio de 2022 se cumplió un año desde que entró en vigor la nueva legislación acerca del IVA aplicable al Ecommerce o comercio electrónico, por la que, una vez superado el umbral de 10.000 euros de ventas a nivel global en la UE a clientes particulares, el IVA se liquida en el lugar donde se realiza la entrega del bien.

Los vendedores online podrán inscribirse en lo que se conoce como “ventanilla única” (One Stop Shop), en el que será posible dar cumplimiento a todas sus obligaciones en materia de IVA para sus ventas en toda la UE, una vez superado dicho umbral, desde un único país sin tener que registrarse en cada uno de los países de la UE donde vendan sus productos a los consumidores finales. Así, será la Administración Tributaria del país donde esté registrada la empresa o persona física que tenga que pagar el IVA, quien transmitirá el IVA a cada uno de los Estados miembros correspondientes en los que realice sus entregas.

¿Tienes dudas? Nuestros expertos en fiscalidad pueden ayudar a tu negocio a adaptarse a esta nueva normativa europea.

Cómo es el nuevo IVA del Ecommerce en España

Durante el año que ha transcurrido desde la introducción de estas nuevas reglas en el IVA para Ecommerce, la Dirección General de Tributos (DGT) ha publicado distintas contestaciones a consultas, en particular:

(I) Contestación consulta vinculante número V3047-21, con fecha 7-12-2021: Envío de bienes desde almacenes situados fuera del territorio de IVA

Se trata de una operativa muy común en las operaciones realizadas a través de plataforma digital y consiste en el envío de bienes desde el Territorio de Aplicación del Impuesto (TAI) a almacenes del Marketplace en cada Estado miembro donde se producirá la venta final de los mismos al cliente final.

En esta situación habrá que tener en cuenta si los bienes son enviados desde el TAI a un cliente concreto o si los bienes son expedidos al almacén del Marketplace sin conocer quién será el cliente final.

Ejemplo orientativo:

Un empresario establecido en TAI se dedica a la venta en línea de bienes a través de un Marketplace. No obstante, estos bienes no se envían directamente al consumidor final, sino que previamente pasan por los almacenes de dicha plataforma en cada Estado miembro desde donde se produce su venta y entrega.

Por tanto, dicho empresario no estaría realizando ventas a distancia intracomunitarias de bienes puesto que en el momento en el que se produce la salida de los productos, éstos no son enviados directamente a los consumidores finales. Además, cuando el empresario hace ese envió a otros Estados miembros, se produce una exención del IVA, pero al mismo tiempo, una adquisición intracomunitaria de bienes asimilada que si estará sometida a gravamen en los diferentes territorios miembros de la UE.

Por ello, el empresario español tendrá que registrarse a efectos de IVA y obtener un número de IVA en cada uno de los Estados miembro donde se almacenen los bienes previamente a la venta al consumidor final.

(II) Contestación consulta vinculante número V2951-21, con fecha 19-11-2021: Las operaciones de dropshipping

¿Qué es el dropshipping? Es una de las operativas más comunes utilizadas en la venta de productos a través de una plataforma de comercio electrónico, al no ser necesaria una gran infraestructura de almacenaje, transporte y logística propios con la que guardar y comercializar mercancías. El dropshipping se produce cuando un cliente compra un producto a un vendedor, y no es el vendedor quien envía el producto, sino un tercero con el que el vendedor ha contactado y que por lo general está ubicado en otro país.

Ejemplo orientativo:

Un empresario español se dedica a la venta al por menor online bajo la modalidad de “dropshipping”. Los clientes seleccionan a través de la plataforma el producto que quieren y pagan por el mismo y es el empresario español el que adquiere los bienes de un proveedor fuera de la UE, como puede ser China. Este proveedor tiene almacenados los productos en China y recibe la orden de enviar directamente los mismos desde China al consumidor final que está localizado en España. Estos productos tienen un valor inferior a 150 euros.

Teniendo en cuenta esta operativa, estamos ante dos entregas de bienes independientes: primero, la que realiza el proveedor chino al empresario español; y segundo, la que realiza el empresario español al consumidor final.

De esta forma, se producirán las siguientes operaciones:

  1. Se produce una entrega por parte del proveedor chino al español, que estará no sujeta a IVA puesto que los bienes no se encuentran en el Territorio de Aplicación del Impuesto (TAI) en el momento de la puesta a disposición a favor del empresario español (Art. 68. Uno de la Ley de IVA).
  2. En la medida en que, los bienes son enviados directamente por el proveedor chino al consumidor final, la entrega siguiente del empresario español a los consumidores finales establecidos en el TAI, tampoco se encuentra sujeta a IVA en este territorio, puesto que no se encuentra en el mismo lugar de inicio del transporte (Art. 68. Dos. 1º. A), de la Ley de IVA).
  3. Por último, la introducción de los bienes en el territorio de aplicación del Impuesto determinará la realización del hecho imponible importación a efectos de IVA.

En esta contestación, la DGT determina la posibilidad para el empresario español de la aplicación del régimen especial de importación para aquellos operadores que realicen ventas a distancia de bienes importados de países o territorios terceros  de tal forma que la importación de los bienes en el TAI se encontraría sujeta, pero exenta al IVA.

(III) Contestación consulta vinculante número V2567-21 con fecha 21-10-2021: Los gastos de transporte en las operaciones de comercio electrónico

En esta consulta se analiza, entre otros, la cuantificación de la base imponible en IVA por los gastos de transporte que se generan en la venta online de productos.

En este sentido, la DGT determina que la base imponible en el IVA incluirá el importe pactado por el pago de los suplementos alimenticios más, en su caso, los gastos de transporte generados y que se carguen al cliente.

Por otro lado, si el importe de la operación se ha fijado en moneda distinta del euro, el mismo se convertirá a euros, aplicando el tipo de cambio válido que corresponda al último día del período de liquidación. El cambio se realizará siguiendo los tipos de cambio publicados por el Banco Central Europeo para ese día o, si no hubiera publicación correspondiente a ese día, del día siguiente.

Balance del Año I del nuevo IVA en Ecommerce en España

La Unión Europea, a través de un Comunicado de Prensa del Consejo de la UE a 15 de marzo de 2022 ha acogido favorablemente los resultados preliminares, presentados por la Comisión a nivel técnico, de la exitosa ejecución de las nuevas normas de la UE sobre el IVA del comercio electrónico, que contribuye a la transición digital, la recuperación económica y la sostenibilidad de las finanzas públicas en toda la UE, al mismo tiempo que simplifican el comercio transfronterizo y eliminan cargas administrativas, permiten luchar contra el fraude del IVA y refuerzan la cooperación.

¿Te ayudamos?

En España, el 73% de los usuarios de internet compra bienes o servicios de forma online, según datos del Eurostat, por lo que la planificación de cualquier operación en comercio electrónico es fundamental para que tu empresa no incurra en ninguna irregularidad tributaria. Desde Ayming podemos ayudarte en el estudio de tu operativa y sus tributos asociados.


Autora: Alejandra Echart, Consultora de Fiscal en Ayming España

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