Cuando las empresas planean ahorrar en impuestos, toca revisar cada una de las tasas que se pagan. Es habitual que en este análisis pasemos por alto el IBI pese a que hay un sentimiento generalizado de que la cantidad que se paga en esta tasa es demasiado alta. En este artículo vamos a explicar cómo podemos pagar menos IBI sin modificar la valoración catastral.
Pagar menos IBI con tu empresa: la importancia del valor catastral
Para entender cómo se confecciona este impuesto, debemos referirnos a otro término: el valor catastral. Es la base sobre la que se calcula el IBI.
Las revisiones catastrales se hacen de forma más o menos periódica. En muchos municipios, el valor catastral es erróneo, por lo que la cantidad que hay que pagar en concepto de IBI es mayor del que debería ser y en la mayoría de los casos, al no ser recurridas estas subidas, se han mantenido y, hasta la próxima revisión, poco se puede hacer.
Hay que tener en cuenta que estamos hablando una de las principales fuentes de financiación de Ayuntamientos, por lo que es entendible que éstos no revisen los valores catastrales. Durante los años de la crisis, en los que el precio de la vivienda se desplomó, la reducción de ese valor habría mermado significativamente los ingresos de las arcas públicas.
Aún así, hay maneras de pagar menos IBI. Partiendo de la base de que la valoración catastral sea firme, solo hay otra manera de ahorrar en el IBI, ya no solo en futuras revisiones, sino también para recuperar lo pagado en exceso en ejercicios no prescritos.
Estamos hablando del procedimiento de subsanación de discrepancias y del de rectificación de errores materiales y aritméticos. Esta vía está prevista tanto en la normativa fiscal, como en la catastral. Lo que se hace no es impugnar el valor catastral, sino que lo rectificamos porque es erróneo. Para decidir cuál de los dos procesos emprender, es necesario que identifiquemos los errores a subsanar en la valoración catastral.
Procedimiento de subsanación de discrepancias
Esta es el recurso que usamos cuando los errores están en datos que guardan relación con las características del inmueble: antigüedad, categoría, uso o superficie (solo cuando el error se deba a la mala aplicación de una norma jurídica, como en el caso de las terrazas).
Este procedimiento lo inicia de oficio la Administración cuando la descripción catastral del inmueble no concuerda con la realidad inmobiliaria. Lo único que hay que hacer es poner en conocimiento de la administración la discrepancia y ésta inicia el procedimiento.
Procedimiento de rectificación de errores materiales o aritméticos
Usaremos este método cuando queramos cambiar errores que tengan su origen en la aplicación indebida de la información urbanística que afecta al inmueble, además de todos los fallos de medición de la superficie. Esta vía, a diferencia de la anterior, la puede iniciar la Administración de oficio, pero también se puede abrir un procedimiento a instancia del propio contribuyente.
Si no sabes si tu empresa puede beneficiarse de estos procedimientos dínoslo y te ayudaremos a descubrirlo.
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